Promoción de políticas

National Center for Missing and Exploited Children

La políticas y promoción legislativa de NCMEC han sido moldeadas y continúan evolucionando con base en décadas de experiencia en casos y denuncias relacionadas con menores desaparecidos y explotados, datos de estos casos y comentarios de sobrevivientes y consultores de experiencia de vida. Las partes interesadas en la protección de los menores en línea rutinariamente consultan las perspectivas sobre distintos temas de política a NCMEC.

A través de Global Platform for Child Exploitation Policy, NCMEC pone a disposición su propia política y promoción legislativa para explicar su posición sobre distintos temas e informar los esfuerzos de promoción de otros.

Los organismos legislativos, agencias de aplicación y las organizaciones internacionales ocasionalmente invitan a NCMEC a compartir su perspectiva sobre distintos temas, incluidos los relacionados con la explotación sexual infantil en línea. Aquí encontrará el testimonio y la orientación que NCMEC ofrece en respuesta a estas invitaciones.

Posiciones de políticas
Los breves artículos disponibles aquí introducen distintos temas de política y la posición de NCMEC, todo basado en las perspectivas de consultores sobrevivientes. Estas declaraciones son de alto nivel y no abordan propuestas legislativas específicas. En cambio, promueve los principios generales relevantes para los temas identificados. Eventualmente se añadirán declaraciones acerca de problemas adicionales de políticas. Enviar comentario
Codificación extremo a extremo
La codificación extremo a extremo no debería adoptarse sin la implementación de soluciones tecnológicas, excepciones y otras estrategias probadas para prevenir, detectar, interrumpir y denunciar la explotación sexual infantil.
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Denuncias de plataformas en línea
Deberían existir incentivos legislativos para alentar a las plataformas en línea a incluir información del usuario y de la víctima infantil además de otros detalles sustanciales en las denuncias a CyberTipline acerca de la explotación sexual infantil en línea.
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CSAM de IA generativa
El CSAM generado con IA –ya sea total o parcialmente artificial– es perjudicial y debería estar regido por las mismas prohibiciones que la producción, posesión y distribución de CSAM natural.
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Seguridad desde el diseño
Los gobiernos deberían requerir y/o incentivar a las plataformas en línea y los fabricantes de dispositivos a acatar un mínimo de principios de seguridad desde el diseño para promover la protección de menores de los perjuicios en línea.
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Contenido de explotación
Las plataformas que moderan el contenido (además de eliminar el CSAM evidentemente ilegal) deberían dar prioridad a la protección de los menores al restringir la distribución de imágenes legales que infringen la privacidad de los menores.
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Responsabilidad civil de las plataformas en línea
Las plataformas en línea que facilitan la explotación sexual infantil con el nivel requerido de culpabilidad, incluida la distribución en línea de CSAM, deberían ser responsables civilmente de los perjuicios relacionados.
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Responsabilidad de las tiendas de aplicaciones
Las tiendas de aplicaciones que distribuyen o facilitan la distribución de aplicaciones que saben, o razonablemente deberían saber, que infringen las políticas de la tienda al habilitar distintivamente la explotación sexual infantil facilitada por tecnología deberían estar sujetas a responsabilidad por los perjuicios ocasionados con sus aplicaciones.
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Prevención en los servicios de IA generativa
Los servicios capaces de usar inteligencia artificial generativa para crear o modificar imágenes deberían implementar medidas para prevenir la generación de CSAM IAG y otros tipos de contenido de explotación sexual infantil.
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Priorizar la identificación de víctimas
La identificación de las víctimas debería ser una motivación que impulse las investigaciones de explotación sexual infantil y se debería respaldar a los organismos de seguridad para que den prioridad a la financiación rutinaria y continua de equipos, capacitación, personal y actividades operacionales en respaldo de los esfuerzos de identificación de las víctimas.
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Medidas mínimas de seguridad para los menores en las plataformas en línea
Los servicios que permiten el almacenamiento, transmisión o creación electrónica de imágenes y/o vídeos, incluidos los servicios de IA generativa y de transmisión en vivo, deberían usar hashing criptográfico, hashing perceptual y/o clasificadores de imágenes para prevenir, detectar, interrumpir y denunciar CSAM según corresponda.
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Compensación y restitución a las víctimas
Los gobiernos deberían establecer programas de compensación a las víctimas, respaldar proactivamente la búsqueda de compensación y la restitución ordenada por el tribunal para los sobrevivientes de explotación sexual infantil y garantizar la responsabilidad en el cumplimiento de los mandatos compensatorios correspondientes. Los delincuentes individuales ––incluidos los delincuentes del lado de la demanda, independientemente de si tuvieron contacto directo con una víctima– deberían estar sujetos a responsabilidad por la restitución/compensación a la víctima como parte de la condena penal.
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Registros de delincuentes sexuales
El registro obligatorio de los delincuentes sexuales con víctimas menores condenados es una medida de responsabilidad razonable y se debería permitir la divulgación del estado del registro, por lo menos entre gobiernos.
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Leyes de prescripción
Las jurisdicciones de todo el mundo deberían abolir los límites de tiempo para iniciar procesos legales relacionados con el abuso y la explotación sexual infantil porque la evidencia demuestra que los delincuentes rutinariamente ocultan sus delitos y las divulgaciones por parte de los sobrevivientes, típicamente, se demoran muchos años o se ocultan totalmente.
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Derechos de las víctimas en procesos penales
Se debe informar a las víctimas de explotación sexual infantil en línea, incluidos los delitos relacionados con CSAM, de su derecho a contratar representación legal privada, el derecho a ser escuchados, el derecho a los servicios a las víctimas, el derecho de confidencialidad y el derecho a que el tribunal que condena a los delincuentes considere sus declaraciones de impacto. Siempre que sea posible, los tribunales deberían facilitar la participación del abogado de la víctima en el proceso legal.
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Prácticas de los sistemas judiciales basadas en el trauma
Los sistemas judiciales deberían adoptar prácticas sensibles hacia las víctimas centradas en el trauma durante la investigación, la acusación y después de la sentencia para minimizar una mayor traumatización y promover la participación de los sobrevivientes.
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Procesos, políticas y prácticas organizacionales
Todas las organizaciones, ya sean gubernamentales, de la sociedad civil o del sector tecnológico, que interactúan con información y material sensibles de explotación sexual infantil deberían adoptar procesos formales, políticas por escrito y prácticas estandarizadas para promover la confidencialidad, discreción, eficacia y resiliencia del personal.
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Detección voluntaria por parte de las plataformas en línea
Los gobiernos deberían permitir que las plataformas en línea usen distintas estrategias para detectar, prevenir, interrumpir y denunciar, según corresponda, todo tipo de explotación sexual infantil en línea incluso como una excepción a prohibiciones más amplias o generales al filtrado de contenido.
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Responsabilidades de las plataformas en línea
Las plataformas en línea que permiten a menores crear cuentas o perfiles, enviar/compartir contenido o comunicarse con otros usuarios deberían ofrecer determinadas funciones, incluida la documentación en los idiomas oficiales o comunes del país del usuario, mecanismos simples para denunciar abuso/inconductas en la plataforma; procedimientos accesibles y efectivos de notificación y retirada y medidas de seguridad razonablemente estandarizadas en todas las jurisdicciones.
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Supremacía del derecho
Además de meramente sancionar las leyes, reglamentaciones, tratados y otros instrumentos legales correspondientes, los gobiernos deberían dar prioridad a la aplicación efectiva, coherente y justa para promover la seguridad de los menores.
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