Definiciones legales
En Venezuela, «niño/a» es una persona menor de 12 años y «adolescente» es una persona mayor de 12 y menor de 18 años. Si existe alguna duda de que un niño/a sea adolescente o un adolescente sea adulto, se presume que pertenece a la categoría inferior hasta que exista prueba de lo contrario. La edad de consentimiento es incoherente: una ley define la edad para consentir a actividades sexuales en 12 años, pero otras la establecen en 16 años.
Explotación sexual infantil, contenido sexualmente explícito y abuso sexual infantil no se definen específicamente, pero existen conceptos relacionados en el derecho venezolano. No hay definición legal relevante para instigación, grooming ni sextorsión.
Requisitos/recomendaciones reglamentarias
En Venezuela, no existen requisitos reglamentarios ni legales específicos para que las plataformas en línea tomen medidas en sus sistemas para proteger a los menores en linea. Existen penas relacionadas para personas que «usan» la imagen o persona de un niño con fines pornográficos.
Venezuela ha ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas, incluido el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, prostitución infantil y pornografía infantil, que estipula que las actividades relacionadas con la explotación sexual de menores deben incluirse en el derecho penal de los países signatarios y que las víctimas infantiles deben protegerse adecuadamente.
Requisitos/recomendaciones de verificación de edad
Las plataformas en línea no tienen obligación de implementar ningún método para verificar la edad de los usuarios antes de otorgarles acceso a sus servicios.
Requisitos/recomendaciones de consentimiento parental
Las plataformas en línea no tienen obligación de obtener el consentimiento parental antes de que un menor acceda a sus servicios.
Recursos legales de las víctimas infantiles
En Venezuela, no existen recursos legales específicos para las víctimas infantiles.
Requisitos de «Seguridad desde el diseño»
Las plataformas en línea no tienen la obligación de incorporar «Seguridad desde el diseño» en sus sistemas.